Este servicio incluye:
- Estudio del borrador de Hacienda y datos fiscales
- Recepción y comprobación de documentos
- Cálculo de la cuota a ingresar/devolver
- Confección de la declaración, modelo D-100, y 2º plazo, modelo 102 y D-714
- Asesoramiento integral sobre los impuestos
Documentación necesaria para la confección de las declaraciones:
- Liquidación del IRPF del ejercicio anterior (2015) y la de patrimonio de 2015
- DNI y miembros de la unidad familiar
- Certificados de rendimientos del trabajo personal
- Rendimientos del capital mobiliario, certificados bancarios
- Rendimientos del capital inmobiliario, recibos del IBI y escrituras de adquisición
- Documentación acreditativa de gastos: recibos del IBI, préstamos para la adquisición de la vivienda…
- Justificantes de compra y venta de bienes, en su caso, así como cualquier otra documentación de interés fiscal
Borrador Renta 2016
Como novedad, este año desaparece el programa PADRE. |
Así mismo, le informamos que desde el 5 de abril puede solicitar desde la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) el número de referencia RENÆ, que le permitirá acceder al servicio de tramitación del borrador / declaración (Renta Web).
Plazo para la presentación:
- a) Presentación telemática, cualquiera que sea el resultado, desde el 5 de abril al 30 de junio (hasta el 26 de junio si se domicilia el pago).
- b) Si la presentación se realiza en papel y la declaración es a devolver, desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio.
- c) Si la presentación se realiza en papel y la declaración es a ingresar y se domicilia el ingreso, desde el 11 de mayo al 26 de junio.
Si la presentación se realiza en papel y la declaración es a ingresar y no se domicilia el pago, desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio.